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Exprocurador Domínguez Brito: “Con nueva Ley del DNI el Ministerio Público queda como un musú”

 


El exprocurador de la República, Francisco Domínguez Brito, manifestó este viernes que con la nueva Ley que crea Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) el Ministerio Público queda “como un musú, de esos que se usaban para bañarse en el campo”.

El dirigente político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se refirió en este sentido a través de su cuenta de X, luego de que el pasado lunes el presidente Luis Abinader promulgara laLey 1-24 que crea la referida dirección.

La pieza, que fue elaborada y sometida al Congreso Nacional por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en junio del 2021, ha recibido múltiples criticas por parte de la oposición, mientras el oficialismo la defiende.

En ese sentido, varios legisladores de oposición consideran la Ley como inconstitucional y violatoria de derechos fundamentales.

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En tanto que el consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, afirmó el jueves que la Ley 1-24, que crea el DNI, cuenta con las limitaciones legales para que la obligación de entregar información se cumpla con el respeto a los derechos fundamentales.

Atribuciones del DNI

La Dirección Nacional de Inteligencia nace como órgano centralizado del Estado, destinado a proteger la seguridad nacional y coordinar lo relativo al Sistema Nacional de Inteligencia.

Entre sus atribuciones está el investigar cualquier actividad llevada a cabo por personas, grupos o asociaciones, que “atente” contra los intereses u objetivos nacionales, las instituciones del Estado, subvierta el estado de derecho, ponga en riesgo la seguridad nacional y otros aspectos adversos al Estado.

El artículo 11 del proyecto establece que “todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, previa autorización de un juez o tribunal competente, estarán obligadas a entregar al DNI todas las informaciones que esta requiera”.

El DNI también tiene a su cargo recopilar y procesar información relevante para la seguridad nacional y la protección de los intereses de la nación, así como evaluar amenazas, tanto internas como externas.

Además, dispone el organismo podrá contrarrestar en el ámbito nacional “actividades” de cualquier tipo que puedan representar un riesgo, amenaza, agresión, o subversión para la seguridad nacional.

Contempla que el organismo podrá cooperar con el Ministerio Público, en caso de que este lo requiera y siempre que el DNI lo considere necesario, con apoyo tecnológico y técnico en asuntos de crimen organizado y corrupción administrativa.

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