El problema no es si tu eres culpable o no, es cumplir con el debido proceso que constituye una garantía constitucional.
En el caso de la República Dominicana, en cuanto la tutela judicial efectiva y el debido proceso de ley la constitución específicamente el articulo 69.10 puntualiza que toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso que estará conformado por las garantías mínimas que se establecen a continuación………: Las normas del debido proceso se aplicarán a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.
La República Dominicana, ha sido participe de varios convenios internacionales en materia de derechos humanos que obligan al Estado a actuar o someter sus actuaciones dentro del marco de dichos acuerdos. La misma Constitución Dominicana, le da vida a estos acuerdos cuando establece en su artículo 26.- Relaciones internacionales y derecho internacional. La República Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional, abierto a la cooperación y apegado a las normas del derecho internacional, en consecuencia:
1) Reconoce y aplica las normas del derecho internacional, general y americano, en la medida en que sus poderes públicos las hayan adoptado;
2) Las normas vigentes de convenios internacionales ratificados regirán en el ámbito interno, una vez publicados de manera oficial;
3) Las relaciones internacionales de la República Dominicana se fundamentan y rigen por la afirmación y promoción de sus valores e intereses nacionales, el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional;
4) En igualdad de condiciones con otros Estados, la República Dominicana acepta un ordenamiento jurídico internacional que garantice el respeto de los derechos fundamentales, la paz, la justicia, y el desarrollo político, social, económico y cultural de las naciones. Se compromete a actuar en el plano internacional, regional y nacional de modo compatible con los intereses nacionales, la convivencia pacífica entre los pueblos y los deberes de solidaridad con todas las naciones;
Dicho esto, planteo lo siguiente:
Dejemos de ser unos malditos hipócritas.
- Todo aquel que está siendo investigado o acusado de un delito tiene derecho a tener un abogado de su elección;
- Todo abogado tiene derecho de elegir a qué cliente defender o ofrecerle sus servicios (Salvo que no hayan intereses contrapuestos, por un asunto ético, etc.).
Hemos vistos algunos comentarios despectivos y fuera de lugar en las redes sociales cuando personas que son servidores públicos (policías, militares, jueces, fiscales, políticos), son representados por reconocidos abogados o no saben digerir o analizar un articulo académico en el área del Derecho.
La cuestión del debido proceso solo queremos que se cumplan cuando un familiar de nosotros (Padre, hijos, hermanos, tíos, etc.), son apresados o son objetos de alguna investigación en la justicia. Fuera de ahí, queremos que el Sistema de Justicia se convierta en una maquina de inquisición o paredón de la muerte. Pero peor aun, personas que han sido apresadas, que han cumplido condenas, que han robados en bancos, que han estado en Hogar Crea, que tienen familiares presos, y que muchas veces han sido vistos en las redes sociales exigiendo justicia para sus familiares y que se respete el debido proceso, son los primeros hipócritas.
Independientemente de que una persona sea un criminal confeso, tiene derechos y para que un tribunal lo declare culpable o inocente, hay que cumplir con unas series principios para que la decisión sea justa, legitima y apegada a la ley. El Estado nunca debe actuar como una ramera o actuar fuera del marco de la ley porque entonces no habría ninguna diferencia entre el delincuente y el Estado.
Para las personas que no son abogados qué significa el debido proceso?:
- Que el fiscal sea objetivo y no actúe con odio o bajo prejuicio, sino dentro del marco de la ley;
- Que el juez sea un verdadero tercero imparcial y que no deje que las partes incluyendo el fiscal traspasen los limetes de su competencia.
- Que los medios de pruebas sean aportados cumpliendo con el principio de legalidad.
- Que los imputados tengan la oportunidad de defenderse y que se le pongan en conocimientos todos los medios de pruebas que hayan para poder defenderse oportunamente.
- Que las pruebas aportadas sean examinandas por todas las partes;
Cuando entendamos eso como sociedad estaremos en condiciones de poder comprender la dinámica de un proceso penal, podemos entender que el abogado no defiende delincuentes, sino personas que tienen derechos y que están revestidas de una presunción de inocencia que se destruye cuando hay una condena de culpabilidad que haya recorrido todas las instancias de apelación y casación y sea confirmada.
Termino con estas frases:
- Algunos están contra la presunción de inocencia, hasta que le toca ser procesados:
- La inocencia habita en la sabiduría, pero nunca en la ignorancia;
- Es mejor exponerse a absolver un hombre culpable que condenar a un inocente:
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