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Barahona: Colegiado condena a 30 años de prisión al nombrado Chispita, por asesinato de joven en Vicente Noble.


El Tribunal colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Barahona, acaba de condenar a 30 años de prisión al nombrado Euclides Feliz Feliz (a) Chispita, quien fue declarado culpable de  robo agravado, asesinato y uso de arma de fue ilegal con la cual provocó la muerte de la victima.

El tribunal presidido por el Magistrado Joselin Medina Pérez, junto a los jueces Celina Novas Jiménez y Luis Eugenio Pérez Volquez, establecieron que el Ministerio Público, representado por la Fiscal Yokasta Radilandia Báez, destruyó la presunción de inocencia del acusado al aportar los medios de pruebas incluyendo las pruebas científicas que determinaron que dicho imputado había disparado. 

La victima Elisaul Tapia, quien tenia en el momento de los hechos 29 años, recibió tres disparos del acusado cuando este penetró a su residencia con el objetivo de robar y le dio muerte. 

Según la investigaciones, la victima falleció cuando recibía atenciones medicas en el Hospital Regional Universitario Jaime Mota de esta ciudad de Barahona, dejando tres niños en la orfandad.

Se recuerda que la madre de la victima la señora Ada Jilanda Matos, también falleció el día en que se realizaba el novenario a su hijo, destruida por la depresión y la angustia.

El hecho ocurrió el día 4 del mes de octubre del año 2019, en la calle Enriquillo, No. 03 del Sector Las Auyamas del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona. 

La fiscalía pidió la pena de 40 años, sin embargo, los jueces impusieron 30 y una indemnización de dos millones y medio de pesos a favor de las victimas. 

LEY 631-16, del 2 de agosto de 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Artículo 66.- Delito de tenencia ilegal de armas, municiones, explosivos y sus accesorios. Cualquier persona que sea poseedora o tenedora de un arma de fuego de uso civil, municiones, explosivos y sus accesorios y otros materiales relacionados, sin tener la respectiva licencia, comete el delito de posesión ilegal de armas de fuego, municiones, explosivos y sus accesorios y los demás materiales relacionados, el que será sancionado con una pena principal de tres (3) a cinco (5) años de privación de libertad cuando se trate de armas de fuego de uso civil y de seis (6) meses a dos (2) años en los demás casos, así como el decomiso del arma y demás artefactos y al pago de una multa equivalente de veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos del sector público.

Párrafo II.- Cualquier persona física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de privación de libertad.

Informativo Brisas del Sur. 

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