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Ministro de Educación le corre como el diablo a la cruz al artículo 139 de la ley de Educación.


El Ministro de Educación Roberto Furcal, no se detuvo en tratar de hacer cumplir las normas del sistema educativo, sino que se saltó procesos importantes que son básicos para garantizar el fortalecimiento de la institucionalidad. 

En la ordenanza 01-2020 que produjo el Consejo Nacional de Educación en septiembre y de ahí las demás órdenes departamentales para desvincular a los afectados, el artículo 139 de la ley 66-97 de educación no se menciona, por eso afirmo que le corrieron como el diablo a la cruz. 

El sesgo y tino político no le permitió evaluar la calidad de profesionales de educación que despojó de sus derechos adquiridos. Este  proceso competitivo fue muy riguroso y transparente, por primera vez se cumplió el espíritu de la ley 66-97, incluso este proceso permitió realizar las investigaciones de lugar a los postulantes, por eso se descartaron personas  aunque sacaran buenas calificaciones. 

El ministro de educación Roberto Furcal, ahora tiene en sus hombros una carga jurídica mediante un apoderamiento de un Tribunal que a la luz de la sana doctrina de las leyes y los agraviados la tienen de ganar.

 Estas acciones lesivas que comenten los altos funcionarios y ministros que llenos de poder se olvidan de hacer los análisis de lugar, nunca se olvidan. Estos hechos les queda como una marca indeleble para su gestión. Tenemos decenas de ejemplos en nuestra sociedad, que por realizar acciones de esta naturaleza, el vuelo les queda corto. La sociedad los ve y juzga. 

Desde el primer artículo que escribimos en el mes de agosto describimos muy claramente que el proceso competitivo del año 2018 cumplió a perfección lo que establece la ley de educación, en su artículo 139 los invita a someterse a pruebas de oposición a los candidatos, luego el artículo 109 el ministro de educación selecciona para la regional de educación y  el artículo 115 de la referida ley le otorga a la junta regional de educación la potestad de presentar  una terna de donde el ministro selecciona también. Estos procesos se cumplieron en su totalidad en el 2018. Este es el hecho que juzgará un tribunal. 

El tiempo nos dio la razón en un par de elementos que escribimos en agosto, el ministro de Educación Roberto Furcal tuvo que acudir al Consejo Nacional de Educación para tratar de contrarrestar los efectos jurídicos de la ordenanza 24-2017. El segundo elemento es que las designaciones que el ministro ha realizado en esas plazas al día de hoy les ha dado el carácter de provisional, eso no es al  azar o fortuito, con esto el ministro de educación reconoce el peso y  validez del artículo 139 de la ley 66-97. 

La lógica y la curiosidad nos empuja a realizar la  pregunta, qué explicación realizará el ministro de educación en caso de producirse  una sentencia jurídica en favor de los agraviados?

Informativo Brisas del Sur

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