Ministro de Educación: Directores Regionales y Distritales actuales no pueden ser destituidos de forma antojadiza, la ley no es retroactiva.
Fulcar y Merquelin director de carrera |
El ministro de Educación, Roberto Fulcar, reaccionó este viernes a los rumores en torno a una posible sustitución de los directores regionales y distritales a pesar de que fueron elegidos por un concurso de oposición por un período de 5 años.
«No le queda período a nadie por cumplir, ¿Usted conoce alguna gestión dónde haya habido un cambio de autoridades y permanezcan los directores regionales?», cuestionó el funcionario ante la pregunta de los periodistas sobre si iban a permanecer en sus puestos los actuales funcionarios del área educativa.
En el año 2017 el Consejo Nacional de Educación emitió la ordenanza 24-2017 con la que define el mecanismo para el concurso o proceso competitivo para directores regionales y de distritos, y a partir de ese momento ya no era posible hacer nombramientos legítimos y legales sin tomar en cuenta esa normativa.
Agrega que junto a la ordenanza nace la orden departamental que llama al concurso y el primer semestre del 2018 los 18 directores regionales y 122 directores de distritos, actuales, son elegidos siguiendo el mecanismo definido en el referido ordenamiento y son posicionados mediante órdenes departamentales.
En ese sentido, explica que esos directores regionales no solo no pueden ser removidos de sus cargos de forma antojadiza, que incluso si algunos de ellos cometieran una falta que amerite la remoción sin haber agotado el periodo (cinco años), en dicha ordenanza está definido legalmente el mecanismo para la escogencia de los nuevos incumbentes.
Destaca que los directores regionales y distritales al momento de ser escogidos firmaron un contrato por cinco años, en marzo-abril del 2018. Sin embargo, la ordenanza 24-2018 define una evaluación al tercer año.
En caso de ser destituidos uno de ellos, el próximo sustituto debe ser escogido a través de concurso o proceso competitivo.
Otro de los puntos señalados en dichos documentos es que el Concejo Nacional de Educación, aunque tiene la facultad de modificar la ordenanza 24-17, para elegir nuevos directores, esto no aplicaría a los que desempeñan esa función en estos momentos, bajo el alegato de que la ley no es retroactiva.
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