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Corte Interamericana celebrará sesión entre el 28 de septiembre y el 8 de octubre; emitirá opinión consultiva sobre la reelección presidencial.

 San José, Costa Rica, 23 de septiembre del 2020.- La Corte Interamericana celebrará entre el 28 de septiembre y el 8 de octubre de 2020 su 137 Período Ordinario de Sesiones.


La Corte sesionará en forma virtual. Durante la Sesión, celebrará la audiencia pública de la Opinión Consultiva sobre Reelección Presidencial, asimismo celebrará diversas audiencias de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia, deliberará una Sentencia y realizará una diligencia probatoria en un Caso Contencioso, conocerá diversos asuntos relacionados con medidas de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia y Medidas Provisionales, y tratará diferentes asuntos administrativos.

En un comunicado de prensa enviado vía correo a esta redacción, establece, que se informará regularmente respecto al desarrollo de las actividades de este 137 Período Ordinario de Sesiones.

  1. Audiencia Pública de la Solicitud de Opinión Consultiva relativa a la figura de la reelección presidencial indefinida en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos presentada por el Estado de Colombia.

La Corte Interamericana celebrará la audiencia pública de esta Solicitud de Opinión Consultiva presentada por el Estado de Colombia. La misma se desarrollará entre los días lunes 28 de septiembre (8:30 am a las 12:00 medio día de Costa Rica), martes 29 de septiembre 8:00 am a las 12:00 medio día de Costa Rica) y miércoles 30 de septiembre (8:00 am a las 12:00 medio día de Costa Rica).

Los objetivos de la Solicitud son:

  1. Caracterización de la reelección presidencial como un presunto derecho humano protegido por la Convención Americana;
  1. La capacidad de los Estados para limitar o prohibir la reelección presidencial y, en particular, si ello restringe ilegítimamente los derechos de los candidatos o de los electores; y
  1. Los efectos que generaría permitir la permanencia de un gobernante en el poder mediante la reelección presidencial indefinida sobre los derechos humanos de las personas que se encuentran bajo la jurisdicción de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, y en particular, sobre sus derechos políticos.

Puede conocer más sobre la Solicitud de Opinión Consultiva aquí.

La audiencia será transmitida por las redes sociales de la Corte Interamericana.

  1. Audiencias de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia

La Corte Interamericana celebrará 9 audiencias privadas de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias. Estas audiencias son tanto de casos conjuntos como individuales. Las audiencias serán las siguientes:

  • Conjunta Casos Fernández Ortega y otros y Rosendo Cantú y otra Vs. México
  • Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú
  • Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú
  • Caso V.R.P., V.P.C. y otros Vs. Nicaragua
  • Caso Almonacid Arellano y otros Vs. Chile
  • Caso Mendoza y otros Vs. Argentina
  • Caso Bayarri Vs. Argentina
  • Caso De La Cruz Flores Vs. Perú
  • Caso Acevedo Jaramillo y otros y Acevedo Buendía y otros Vs. Perú
  1. Sentencias

La Corte deliberará sobre el siguiente Caso Contencioso:

  1. Caso Martínez Esquivia Vs. Colombia1

El caso se relaciona con una serie de violaciones al debido proceso en el marco del proceso que culminó con la destitución de la presunta víctima, Yenina Esther Martínez Esquivia, de su cargo de Fiscal Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de Cartagena. Se alega que el Estado violó los derechos a ser oída, el derecho de defensa y el principio de legalidad en perjuicio de la presunta víctima. Al respecto, se argumenta que consideró que el nombramiento de la presunta víctima sin ningún plazo o condición resultó incompatible con la Convención y las garantías de estabilidad reforzada que deben proteger a fiscales, creando las condiciones para que tuvieran lugar hechos como los del presente caso. Igualmente, se alude que la decisión carece de motivación, lo cual no permitió conocer las razones que justificaron el cese de la presunta víctima, de tal forma que se disuadan las sospechas y alegatos de que se trató de una represalia por las decisiones adoptadas en el ejercicio de su cargo. Se arguye que la forma de cesar a la presunta víctima de su cargo configuró violaciones adicionales al deber de motivación, el derecho de defensa y el principio de legalidad, pues al no tratarse de un procedimiento formalmente disciplinario, no contó con las garantías mínimas para la imposición de una sanción.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

  1. Diligencia probatoria de casos en trámite

En el Caso en trámite Cordero Bernal Vs. Perú se desarrollarán una diligencia probatoria donde se recabará el testimonio de la presunta víctima.

  1. Supervisión de Cumplimiento de Sentencias, Medidas Provisionales, así como de cuestiones administrativas

Asimismo, la Corte supervisará el cumplimiento de diversas Sentencias e implementación de las Medidas Provisionales que se encuentran bajo su conocimiento, así como tramitación de casos, Medidas Provisionales y Opiniones Consultivas. También verá diversos asuntos de carácter administrativo.

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1El Juez Humberto Antonio Sierra Porto no participará de la deliberación de esta Sentencia por ser de nacionalidad colombiana, en conformidad con el Art. 19 del Reglamento de la Corte Interamericana.

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La composición de la Corte para este período de sesiones será la siguiente: Jueza Elizabeth Odio Benito Presidenta (Costa Rica); Juez Patricio Pazmiño Freire Vicepresidente (Ecuador), Juez Eduardo Vio Grossi, (Chile); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, (México), Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina); y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay).

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El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Informativo Brisas del Sur

Yván Ariel Gómez Rubio. 

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