Condenan a miembros de red de narcotráfico y lavado de activos desmantelada con la Operación Larva
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Tras admitir la acusación del Ministerio Público, los jueces de un tribunal colegiado de San Cristóbal condenaron a 7 y 5 años de prisión a otros siete miembros de la red de narcotráfico y lavado de activos desmantelada con la Operación Larva.
Jorge Luis Herasme y Ramón Eduardo Peña Reyes deberán cumplir cada uno 7 años de prisión. También, fueron condenados a 5 años con suspensión de la pena James Alexander González Cubilette, Joivel Alexander González Cubilette, Elizabeth Spataro Rodríguez, María Mercedes Ramona Estrella y Sarai Esther Herasme Estrella. Todos deberán pagar multas de entre 200, 150 y 100 salarios mínimos.
El tribunal también declaró culpables a las siguientes compañías: Upper Promotion, S.R.L.; J&H Administración y Servicios, S.R.L.; H&S Inmobiliaria, S.R.L.; Inversiones y Servicios Jorge y María, S.R.L.; Corporación de Crédito Corona Cocreco, S.R.L., y Lush, E.I.R.L. A dichas entidades se les impuso una multa de doscientos (200) salarios mínimos.
Respecto a la decisión, la procuradora general corte Ramona Nova, titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Financiamiento del Terrorismo, valoró la decisión como “un golpe de alto impacto a la criminalidad organizada y a esta estructura”.
Por este caso también fueron condenados en sentencias anteriores: Manuel Alejandro Puig Pérez, Jorge Elías Medina Muñoz, Ángelo Spataro Rodríguez, Luis Jiménez (a) Bonsai y/o Luis Hookah y Domingo Adalberto Ventura González.
Asimismo, las empresas Agente de Cambio Estrella, S.A.; Spataro Italian Foodmarket, S.R.L.; Nayali Moda Italiana, S.R.L.; Kerabo Dominicana, S.R.L.; Mars Production & Entertainment, S.R.L. y Ardorys Dominicana, A.R.L.
La investigación estuvo a cargo de los fiscales Luis Alberto García, en representación de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y Daryl Montes de Oca, por la Fiscalía de San Cristóbal. Las labores se desarrollaron con la colaboración de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Durante el proceso, los fiscales litigantes Luis Alberto García, Pedro Medina Quezada, Hitler Sánchez Mateo y Daryl Montes de Oca demostraron con suficientes pruebas que los procesados incurrieron en lavado de activos, narcotráfico, porte y tenencia ilegal de armas y uso de documentos falsos.
Las juezas Biulkys Milanés (presidenta), Rosa Mateo e Ana Inés Susana, del Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Cristóbal, dictaron la sentencia condenatoria tras declarar buenas y válidas las pruebas aportadas por el Ministerio Público.
El tribunal ordenó el cumplimiento de la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Najayo, en San Cristóbal. Los procesados con suspensión de la pena deberán cumplir algunas reglas que le ordenan no volver a participar en actividades relacionadas a los delitos por los que fueron sancionados. En caso de incumplimiento de esas disposiciones, deberán cumplir la pena en prisión, específicamente en los centros para hombres y mujeres localizados en Najayo.
Los arrestos se ejecutaron después de que las autoridades interceptaran una embarcación en la costa de Nigua, San Cristóbal, que provenía desde Colombia y que tenía a bordo 700 paquetes de cocaína clorhidratada.
Luego, el 26 de diciembre del año 2022, el Ministerio Público, presentó acusación contra varias personas físicas y jurídicas. Después, los procesados fueron enviados a juicio en el mes de agosto de 2024.
El Ministerio Público demostró que el grupo violó varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas Sustancias Controladas, así como de la Ley Núm. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; la Ley Núm. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, así como la Ley Núm. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas que tipifican los ilícitos de tráfico de drogas.

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